sábado, 7 de junio de 2008

Papeles en orden: ¿qué hay que guardar?

Guardar los papeles en casa parece sencillo. Por lo general, nos olvidamos de ello y los guardamos de modo rutinario. El problema se presenta cierto día, cuando necesitamos un papel muy concreto. ¿Dónde dejaste el último recibo del pago del impuesto de la vivienda?¿Y el de circulación? Entre tanto ticket, ahora que lo necesitas no encuentras el que corresponde a la garantía del aparato que se te acaba de estropear. Vamos a solucionar este problema desde hoy.

No hace falta que guardes todos los papeles que llegan a casa. Vamos a indicarte los que es necesario que guardes. El resto es innecesario y ocuparán un espacio muy preciado de tu casa.

Desde la compra y hasta los 3 meses:
  • Guarda los boletos de lotería, quiniela y de primitiva. Tienen tres meses de validez para canjear por el premio que les haya correspondido.
  • Certificados de empadronamiento, residencia o nacimiento. Después de tres meses tendrás que volver a solicitarlos.
  • Facturas de compra de ropa, calzado o alimentación. Te serán útiles para realizar reclamaciones o devoluciones.
  • Recibos de la luz, el agua, el teléfono... al menos los dos últimos meses por si surgiera alguna incorrección.
Durante un año:
  • Facturas de hoteles, restaurantes o billetes de transporte. Es importante, sobre todo, si ha habido alguna irregularidad (intoxicación, error en la cuenta, etc.).
  • Si eres autónom@, debes guardar todas las facturas al menos hasta el año fiscal siguiente, con el objetivo de realizar la correspondiente declaración.
  • Billetes de transporte, ya que puedes reclamar por la demora excesiva. Si hay accidente, tienes 30 días para interponer reclamación de gastos sanitarios. Si hay indemnización por invalidez, necesitarás guardar el billete al menos por un año.
  • Recibos de pagos varios (colegios, cursos, gimnasios, abogados, dentistas...)
De dos a tres años:
  • Garantías de aparatos selladas y facturas de reparaciones.
  • Impuestos locales, por lo menos los de los dos últimos años
Cinco años:
  • Todos los documentos relacionados con Hacienda o susceptibles de inspección
Duración variable:
  • Libro de familia y certificados de matrimonio (con o sin notas de divorcio), nulidad o viuedad.
  • Historiales médicos
  • Cartillas de vacunación
  • Diplomas y títulos oficiales
  • Seguros (de vida, decesos, accidentes y hogar)
  • Notificaciones de invalidez
  • Escrituras de propiedad
  • Papeles de la hipoteca
  • Boletines escolares de notas

3 comentarios:

Cattys dijo...

Muy interesante, me ha venido de perlas, pero un apregunta, jejjee, yo guardo todos los estractos del banco, ¿es necesario?

Liumeg dijo...

Es curioso porque yo he llegado a este blog buscando respuesta a la misma pregunta (la de los recibos bancarios) pero parece que se me resiste.

De todas maneras quería felicitarte por el blog, me gusta bastante y probablemente lo visite a menudo.

Un saludo.

Anónimo dijo...

Los recibos, si es la primera vez que se cobran, hay una demora de 1 año para reclamarlos.
La información del artículo no es del todo completa.